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RGPD

Registro horario y RGPD: biometría, geolocalización y consentimiento

Publicado el 10 de julio de 2026 · Lectura ~5 min · Por el equipo de FichajeES

El registro de jornada trata datos personales, así que además del RDL 8/2019 tienes que cumplir el RGPD y la LOPDGDD. La buena noticia: bien hecho, es sencillo.

Base legal: no necesitas pedir permiso para registrar la jornada

El registro horario se ampara en una obligación legal (Art. 6.1.c RGPD): la empresa está obligada a llevarlo, así que no depende del consentimiento del trabajador. Sí debes informarle de que se registran sus datos, con qué fin y durante cuánto tiempo.

Biometría: sí, pero con condiciones

La huella o el reconocimiento facial son datos de categoría especial (Art. 9 RGPD). Para usarlos hace falta una base reforzada y, en la práctica, es mucho más seguro que el dato biométrico no se almacene en ningún servidor: la tecnología WebAuthn valida la huella en el propio móvil del trabajador y solo confirma "sí es él", sin guardar la huella en ningún sitio.

Geolocalización: proporcionalidad

Pedir la ubicación al fichar es lícito si es proporcionado (por ejemplo, en trabajo de campo) y siempre informando. Lo que no vale es un seguimiento continuo de dónde está el trabajador: eso vulnera su intimidad.

Conservación y acceso

Cómo lo cumple FichajeES

Política de privacidad y consentimiento informado integrados, biometría sin almacenar la huella (WebAuthn), geolocalización opcional y proporcionada, servidores en la UE, cifrado y conservación garantizada 4 años con copias automáticas. RGPD por diseño.

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